El Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia condenó a Cristian Esteban Zaro Ponce como autor de contaminación ambiental grave y tala no autorizada de especies nativas en San José de la Mariquina. Removió tierra con maquinaria y sepultó un humedal prioritario para la biodiversidad. La sentencia se comunicará el 19 de octubre.
TOP de Valdivia dicta veredicto histórico: declaran culpable a empresario por contaminación ambiental grave y tala ilegal en el Río Lingue

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia dictó veredicto condenatorio en contra de Cristian Esteban Zaro Ponce, en calidad de autor de los delitos consumados de contaminación ambiental con resultado grave y tala no autorizada de especies nativas. Los ilícitos fueron cometidos en el sector de Yeco, comuna de San José de la Mariquina, en octubre de 2023 y febrero de 2024, según informó el Poder Judicial en su sitio web.
En resolución unánime (causa rol 5-2026), el tribunal —constituido por los magistrados Pablo Álvarez y María Soledad Santana (redactora)— dio por acreditada tanto la comisión de los delitos como la participación culpable de Zaro Ponce en los hechos. Respecto de la tala de especies nativas, el tribunal estableció que el condenado "en su calidad de propietario del citado predio dispuso la corta de especies arbóreas nativas situadas en pendientes superiores a 45% (bosque de conservación y protección) y, especies nativas ubicadas a menos de 200 metros de un curso de agua tipo vertiente, contraviniendo así la prohibición establecida en los numerales 1 y 3 del art 5 del Decreto Ley 4363 de la Ley de Bosques".
El veredicto señala que, además, Zaro Ponce "con el fin de venta de parcelas, dispuso la remoción de material (tierra) desde la parte alta del predio, mediante el uso de maquinarias (excavadoras y/o retroexcavadoras), material que fue vertido sobre un humedal palustre existente en la parte baja del predio, a orillas del Río Lingue", considerado un sitio prioritario para la conservación de biodiversidad por la SEREMI del Medio Ambiente de Los Ríos. La acción provocó "la destrucción del mismo, afectando la flora y fauna existente en el lugar producto de la destrucción de su hábitat, por sepultación y remoción, y contaminación por sedimentación de las aguas que nutrían el humedal".
De acuerdo con la resolución, el delito de contaminación ambiental grave se acreditó por cuatro elementos: la afectación de una extensión espacial de relevancia; efectos prolongados en el tiempo; efectos severos, irreparables o difícilmente reparables sobre los componentes ambientales, en especial la vegetación hidrófita y la fauna; y la afectación significativa de los servicios ecosistémicos, como la provisión de aguas y la protección del suelo, con "la pérdida total del humedal".
La audiencia de comunicación de la sentencia —que será redactada por la magistrada Santana Cardemil— quedó programada para el lunes 19 de octubre, a las 13:30 horas, según consignó el Poder Judicial.
